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Inscripción del Bebé en el Registro Civil


27 de Febrero 2008

Inscripción del Bebé en el Registro Civil

Como sabéis, una vez que el bebé llega a nuestras vidas es necesario inscribirlo en el Registro Civil para que se le considere, ya desde sus primeros días de vida, como un ciudadano más del país. Lo normal es que lo registréis en el registro de la localidad en que ha nacido el pequeño o donde viváis vosotros, los padres. Como es un trámite burocrático al que habéis de enfrentaros si o si, hoy os vamos a explicar qué debéis hacer para llevar a cabo la inscripcion del bebé en el Registro Civil.


Lo primero que debéis tener presente son los plazos de inscripción en el Registro Civil. Para ello, habéis de saber que tenéis 8 días para hacer todo el papeleo. Esos 8 días empiezan a contar a partir de las 24 horas del nacimiento del niño. Si por alguna circunstancia, no podéis inscribir al pequeño en ese plazo se puede ampliar hasta 30 días, pero debe darse una justificación de causa mayor. Así que, para evitar problemas, lo mejor es que os ajustéis al plazo de 8 días.

El trámite lo puede llevar a cabo cualquier familiar directo del bebé y, por supuesto, los padres. Eso sí, si por casualidad la madre quiere interponer su apellido al del padre, siempre es mejor que vayan los dos a inscribir al pequeño al Registro Civil.

Así mismo, si los padres no están casados o el padre quiere reconocer al bebé, deben ir los dos al registro. De la misma forma, si el bebé no tiene padre reconocido, el niño puede inscribirse con los apellidos de la madre que, además, puede elegir el orden de los apellidos.

La documentación necesaria para proceder a la inscripción del bebé en el Registro Civil es la siguiente:

  • D.N.I. de los padres
  • Certificado médico del doctor que ha asistido el parto
  • Libro de Familia

Estas son las reglas generales, aunque existen casos especiales que se producen por diversas circunstancias. Por ejemplo, si el bebé nace en una localidad en la que no están censados los padres, y éstos desean inscribir al pequeño en el mismo lugar en que ellos están censados, son los dos los que deben acudir al registro, con los certificados de empadronamiento de los padres y un parte, que debe hacerse en el hospital en que ha nacido el pequeño, en el que se indique que el bebé no ha sido inscrito en ningún otro municipio.

Si, por casualidad, el padre y la madre del niño no tienen el mismo domicilio, esto es no viven juntos, el bebé deberá inscribirse en la localidad en que ha nacido. Otra de las excepciones se produce cuando la madre está separada o divorciada, en este caso, la madre debe aportar en el registro un documento que acredite que se encuentra en esa situación o, al menos, llevar dos testigos que den fe de ésta.

Por último, si la mujer es viuda, además de la documentación citada anteriormente, deberá aportar en el registro el certificado de matrimonio, el certificado de defunción o el Libro de Familia, si en él se especifica que su pareja ha fallecido.

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Comentarios

 D.PADILLA

mi pareja y yo esperamos un bebe para abril, no estamos casados y por tanto no tenemos libro de familia. Mi pregunta es, el libro de familia me lo haran en el momento de inscribir al bebe?

 Roberto

En el registro de mi ciudad me han indicado que en ese caso tienen que ir las dos personas (padre y madre) con los DNI donde aparezca el mismo domicilio de la ciudad donde está el registro, sino tendréis que añadir los justificantes de empadronamiento. En el momento y, tras rellenar unos formularios, te entregan el Libro de Familia.

 que tengo que hacer si somos extrangeros

Somos un matrimonio de italianos, que tenemos que hacer cuando nazca el bebé para incribirlo? a donde nos dirigimos?nuestro libro de familia es uruguayo y nuestra hija de 7 años está apuntada en el mismo por que nació en Uruguay,por tanto no tenemos libro de familia ni español ni italiano.

 yamile

mi bebe ya tiene un mes,nacio aqui en españa ya tengo el libro de familia,nosotros los padres somos cubanos, aunque no estamos casados mi pareja esta en tramites de ciudania española, porque el esta aqui hace mas de dos años por contrato de trabajo. a mi niña no me la quieren registrar, ¿que debo hacer? por favor necesito orientacion rapida.

 davinia

Hola estoy esperando mellizos para enero y mi marido vive en rep dominicana y está esperando que le den el libro de familia y la visa en el consulado español pero se lo daran para mas tarde de lo que nazcan los bebes y el no estará presente cuando nazcan. La pregunta es si no tendre ningun problema en ponerle sus apellidos a los niños sin que el este aqui y ccomo debo hacerlo en ese caso, gracias.

 lolo1

mi marido quiere registrar al niño de la pareja de su hermano, que por cierto no es hijo suyo se puede hacer y es legal